Un tribunal canadiense tomó una decisión reciente en la que se firmaba electrónicamente un contrato legalmente vinculante enviando un mensaje de texto con la imagen del contrato y recibiendo la respuesta con el emoji «Me gusta» 👍. El valor de este contrato era de 82.000 dólares canadienses (61.442 dólares). Puede obtener más información sobre el caso en https://www.canlii.org/en/sk/skkb/doc/2023/2023skkb116/2023skkb116.html y más fácil de leer https://www.theguardian.com/world/2023/jul/06/canada-judge-thumbs-up-emoji-sign-contract
¿Tiene sentido esto y qué es exactamente la firma electrónica? Sí, porque casi todo encaja en el marco de la firma electrónica. no obstante las firmas electrónicas simples solo son válidas si tiene suficientes pruebas adicionales para demostrar que son válidas en el tribunal. Existe una gran diferencia con los documentos firmados con firmas electrónicas calificadas, ya que los tribunales los consideran válidos por defecto y no se necesita ninguna prueba adicional para considerar válida la QES.
Definición de firma electrónica
Veamos las definiciones de algunas de las dos leyes más populares de EE. UU. y la Unión Europea que regulan los campos de la firma electrónica.
Ley de firma electrónica de EE. UU. estados:
(5) FIRMA ELECTRÓNICA. —El término «firma electrónica» significa una sonido, símbolo o proceso electrónico, adjunto o asociado lógicamente a un contrato u otro registro y ejecutados o adoptados por una persona con la intención de firmar el acta.
eIDAS de la UE estados:
(10) «firma electrónica» significa datos en formato electrónico que se adjuntan o asocian lógicamente a otros datos en formato electrónico y que el firmante utiliza para firmar;
El tema común en estas leyes es que, en la forma más básica de firma electrónica, algún tipo de datos electrónicos (es decir, los datos que deben firmarse) está relacionado de alguna manera con otro tipo de datos electrónicos (es decir, la firma). La interpretación de esto puede ser muy amplia, por lo que todos los correos electrónicos, SMS, mensajes de WhatsApp, garabatos copiados y pegados en el archivo PDF y cualquier servicio especializado que le envíe un enlace al correo electrónico, le pida que escriba su nombre y lo incruste en fuente manuscrita en el PDF son firmas electrónicas igualmente válidas.
Hay otras cláusulas en estas leyes que explican cómo los tribunales deben gestionar esas firmas; dicen que los tribunales «no deben desestimar automáticamente» los casos en los que la firma es electrónica. Esto está muy lejos de la «firma electrónica es automáticamente válida» que la mayoría de la gente presume. Significa que puede ir a la corte y se le da la oportunidad de demostrar que esta firma electrónica es válida si no utiliza la firma electrónica cualificada. Si utiliza QES, la carga de la prueba se invierte y se presume automáticamente que el efecto jurídico de la firma electrónica cualificada es el mismo que el de una firma manuscrita siendo responsable el proveedor de servicios de confianza (autoridad de certificación) si se producen daños a causa de sus delitos.
Ley de firma electrónica de EE. UU.
no se puede denegar el efecto legal, la validez o la aplicabilidad a una firma, contrato u otro registro relacionado con dicha transacción únicamente porque está en formato electrónico
- Permitir que las partes de una transacción tengan la oportunidad de demuestren en los tribunales o en otros procedimientos que sus métodos de autenticación y sus transacciones son válidos.
eIDAS de la UE
No se negará a una firma electrónica su efecto legal ni su admisibilidad como prueba en los procedimientos legales. únicamente porque está en formato electrónico o porque no cumple con los requisitos para firmas electrónicas calificadas.
- El carga de probar la intención o la negligencia de un proveedor de servicios de confianza no cualificado corresponderá a la persona física o jurídica que reclame el daño a que se refiere el párrafo primero.
- Una firma electrónica cualificada tendrá el efecto legal equivalente a una firma manuscrita.
- los proveedores de servicios de confianza serán responsables de los daños causado intencional o negligentemente a cualquier persona física o jurídica por el incumplimiento de las obligaciones